ENAJENACION EN DOS LOTES POR EL CONSORCIO URBANISTICO AREA TECNOLOGICA DEL SUR DE LOS SOLARES 8.1 82 Y 8.3 DE USO EQUIPAMIENTO DE INVESTIGACION DE ACTIVIDADES DE TECNOLOGIA AVANZADA EN EL PARQUE CIENTIFICO Y TECNOLOGICO TECNOGETAFE TGF_2025_EN_01 (TGF_2025_EN_01)
1.831.650,60 €
11/05/2026
11/05/2026 21:59 (Fecha superada)
Patrimonial
En evaluación
Órgano de contratación
CONSORCIO URBANISTICO AREA TECNOLOGICA DEL SUR (TECNOGETAFE)
Lugar tipado
ES300 - Madrid
Periodo de ejecución
CPV
Resumen
Objeto:
El contrato tiene por objeto la enajenación en dos lotes de solares de uso característico de equipamiento destinado a la investigación en el grado y especialidad de parque científico tecnológico de actividades de tecnología avanzada 8.1, 8.2 y 8.3 del ámbito del plan especial del Parque Equipado Getafe Sur del programa de actuación urbanística Arroyo Culebro del plan general de ordenación urbana de Getafe (Madrid). Los lotes son:
- Lote 1: Solares 8.1 y 8.2
- Lote 2: Solar 8.3
Características:
El negocio jurídico del contrato es la compraventa de terrenos con transmisión de dominio. Los terrenos deberán ser destinados a su edificación, incluyendo la realización de los procesos de ejecución del planeamiento urbanístico.
Los terrenos han de ser edificados, e implantado en ellos el uso previsto o permitido por el planeamiento urbanístico que corresponda, dentro del plazo de los cinco (5) años siguientes a la formalización del presente contrato. Será necesario desarrollar la actividad a la que se haya comprometido el adquirente en su oferta técnica que haya servido de base para la adjudicación del contrato durante un plazo mínimo de tres años contados a partir de la fecha de emisión del título habilitante de naturaleza urbanística que legitime el lícito ejercicio de la actividad en...
Criterios de evaluación:
Solvencia económica:
Solvencia técnica:
Medios materiales:
Medios personales:
Fecha de inicio:
Sin datos
Duración:
Los terrenos han de ser edificados, e implantado en ellos el uso previsto o permitido por el planeamiento urbanístico que corresponda, dentro del plazo de los cinco (5) años siguientes a la formalización del presente contrato. Igualmente, será necesario desarrollar la actividad a que se haya comprometido el adquirente en su oferta técnica que haya servido de base para la adjudicación del contrato durante un plazo mínimo de tres años contados a partir de la fecha de emisión del título habilitante de naturaleza urbanística que legitime el lícito ejercicio de la actividad en la edificación construida y en condiciones no inferiores a las comprometidas.
Lugar de ejecución:
Solares 8.1, 8.2 y 8.3 del Parque Científico y Tecnológico Tecnogetafe, en Getafe (Madrid). (Provincia: Madrid)
Contradicciones y puntos débiles de los requisitos:
Consideraciones importantes:



